viernes, 16 de diciembre de 2011

MAS INFORMACION RESPECTO A JUICIOS

CONFIDENCIAL


-------Mensaje original-------

Fecha: lunes, 7 de noviembre de 2011, 22:34
A continuación reenvio un mail que me enviaron del Min : (CONFIDENCIAL)

Estimados camaradas:
Recientemente el jefe de Gabinete del Ministerio de Defensa envió una nota al JEMGE indicando cómo deben ser calculados los haberes del personal militar que haya obtenido sentencia firme por los juicios respecto de los Decretos 1104/05, 1095/06, 871/07, 1053/08 y 751/09.
A raíz de esto se produjo un intercambio de notas entre el Presidente del IAF y el Director de la Contaduría del Ejército, que andan circulando por mail.
La Contaduría mandó una nota al IAF con el haber calculado para el Tcnl Saa que ganó el juicio por los 5 decretos que incrementaron en negro el haber del personal en actividad y pasó a retiro a partir de septiembre u octubre de 2011.
A su vez, el Presidente del IAF mandó una nota a la Contaduría, requiriendo la metodología de cálculo para obtener ese resultado. La Contaduría contestó la nota dando su método de cálculo y las razones del mismo.
Evidentemente hay un criterio muy distinto entre ambos organismos sobre el modo en que se deben liquidar las deudas. Para la Contaduría el aumento se debe calcular para cada persona en particular, y surge de los montos que le hubieren aumentado en cada oportunidad en los suplementos particulares, es decir aplica los porcentajes indicados por cada decreto sobre el HABER BRUTO MENSUAL. En cambio el Ministerio de Defensa y el IAF quieren aplicar los porcentajes de aumento fijados por cada decreto solamente sobre el concepto sueldo. La diferencia para los retirados es muy importante, porque liquidando como dice el IAF quedarían sin contabilizar los suplementos de tiempo mínimo cumplido y de antigüedad de servicio.
Ejemplo con el decreto 1104/05 que incrementó un mínimo del 23%.
CÁLCULO EN LA FORMA QUE DICE EL DECRETO (Contaduría)
Sueldo junio de 2005 para Cnl 1.664,90
Tiempo Mínimo 166,49
Supl Antigüedad de Servicios (35 años simples) 1.281,97
TOTAL 3.113,36
23% DEL TOTAL 716,07
Esta es la suma que habría que sumar al sueldo para obtener el nuevo "sueldo" de julio de 2005

Es decir sueldo julio 2005: 2.380,97
Tiempo mínimo 238,09
Supl Antigüedad de Servicios 1.833,34
TOTAL BRUTO 4.452,40


CÁLCULO EN LA FORMA QUE DICE EL MINISTERIO DE DEFENSA (IAF)
Sueldo junio de 2005 para Cnl 1.664,90
23% DEL Sueldo 382,92
Sueldo de julio (1.664,90 + 382,92) 2.047,82
Tiempo Mínimo 204,78
Supl Antigüedad de Servicios (35 años simples) 1.576,82
TOTAL 3.829,42

Evidentemente la diferencia es importante y se va haciendo cada vez mas grande con la aplicación de los decretos siguientes.
El procedimiento sigue en la misma forma para los cuatro decretos restantes que incrementan los haberes dos veces cada uno. Al resultado que se obtenga con los 4 decretos restantes habría que sumarle los incrementos porcentuales que surjen de aplicar los aumentos de los años 2010 y 2011.
Espero haber sido claro.

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