jueves, 14 de abril de 2011

Tema Fallo no Ilusionarse

Estimado doctor Espinosa:
Al pié de ésta le adjunto la nota de la doctora Salas que me hiciera llegar un compatriota y amigo. Y de paso le adjunto también la carta respuesta que yo le envié a él en el día de ayer. Sea esto, exclusivamente para mantenerlo informado. Pero éste no es el motivo central de la presente, si no lo que paso a referirle a continuación.
El día viernes 18 de marzo, siendo aproximadamente las 0800 horas, me comuniqué con una persona de mi amistad que trabaja en el IAF. Y me dijo que la liquidación de haberes ya estaba hecha y el lunes 21 (mañana) se remite toda esa documentación para que se comiencen a imprimir los recibos de haberes. Y me informa este amigo que:
el sueldo a percibir a partir del 30 de marzo, es el mismo del mes pasado: no hay incremento de ninguna naturaleza.
Como me dice mi hermano que estando usted en Comodoro Rivadavia, durante un brindis de fin de año y en presencia de mucha gente, habría dicho que si el 3 de abril no se habían liquidado las medidas cautelares, se iniciaría el pedido de embargo contra el IAF. Este es el motivo central de la presente carta: decirle a usted muy anticipadamente que no nos pagarán ni en marzo, menos en abril, jamás en mayo y así siguiendo, a los fines de que usted prepare lo necesario para que se traben los embargos que fueren menester.
Espinosa: estoy completamente persuadido de que el único camino que nos queda es el de los embargos. Esta es una guerra. Ellos nos están mostrando la naturaleza de esta guerra. Negarla es una necedad. Esquivarla una tontería. Esperarla, imposible más de lo que se ha esperado y la burla que nos hacen a nosotros y a ustedes.
Ellos no pueden decir que el Estado no tiene dinero, entonces que haga la convocatoria de acreedores y se declare en quiebra. Si no me paga a mí, que no le pague a nadie.
Un abrazo. Trataré de comunicarme con usted mañana lunes si Dios quiere.
GUILLERMO A. EBERLE PATTERSON
 
POR FAVOR: DIFUNDAN ESTE TEXTO ENTRE LAS PROMOCIONES, ASÍ COMO YO LO ESTOY HACIENDO CON USTEDES 




Estimado Camarada, dignísimo Compatriota:
Entiendo todo lo que me dices en tu mensaje, que desde ya te lo agradezco infinitamente desde mi corazón de artillero que nunca dejé de ser. Pero mi duda estriba en si estos delincuentes pagarán como ordena la Corte Suprema. Mirá: hoy a la tarde en una carta parecida a la tuya otro Camarada me informa que el Ejecutivo habría dicho que se cumplirá con el fallo de la CSJ, pero en razón de compromisos contraídos por el Estado recién podrán ser incluidos en el Presupuesto 2013. Imaginate vos: no sabés si reír o ponerte a llorar como un perro a la luna que esta ahora en su perigeo.
Empezando que nadie sabe si esta canalla seguirá estando en el 2013, que sería el segundo año del gobierno entrante o el mismo. Mas como estamos meados por los canguros, no sería raro que suceda. Pero así y todo yo no me animo a decir taxativamente "que no sucederá así". Más sabiendo que el que viene es un desconocido que vaya a saber con que basuras viene metidas en el melón.
Sintetizando mi buen amigo: todo está bien; todo está en orden, pero no hay voluntad de pago. Vos que sos abogado sabes a qué me refiero.
Los telefonistas del IAF, una caterva de inservibles, me dicen "que no hay presupuesto porque el Estado no tiene plata". Cualquiera sabe que vos, yo, aquél y el de más allá podemos decir: "Somos insolventes". Pero el Estado no puede arguir semejante barbaridad. Tiene que pagar sus deuda.
Por este motivo es que me atrevo a decirte que la única salida que hay, siempre con el amparo de los juicios fallados a nuestro favor, como este de la CSJ, es trabar embargo al IAF. Pero no sobre los activos físicos (muebles o inmuebles) porque se sabe que, si bien ese es dinero seguro, no se tendría un fallo hasta dentro de un años como mínimo y andando todo bien.
El embargo se debe trabar sobre las cuentas bancarias y demás activos monetarios y/o financieros. Que los empleados, cuando no cobren sus sueldos, los linchen. Que cuando los proveedores no puedan cobrar lo que se les adeuda, los linchen. Que ni un café puedan tomar. Que se queden sin caja chica. Nada. Todo ello más el escándalo (diarios, revistas, televisión, internet) del que serán pasibles. No veo otra salida camarada, rápida, segura, expeditiva que no sea la vía del embargo sobre los activos monetarios de los degenerados.Ellos no se la esperan: ¿de los boludos? ¡Jamás! ¿Entonces de sus abogados? ¡Nunca! Esta es una guerra pibe y tenemos que ganarla.
Lamentablemente yo no tengo el correo-e de la Doctora Salas, ni sus teléfonos, e ilusionado te escribo a vos que has tenido esta deferencia de acordarte de mí, para que si vos tienes la posibilidad de hablarle o escribirle, le digas esto.
La palabra abogado viene "del que boga -navega- conmigo" o bien "el que rema conmigo". Bueno, entablarles a los malditos un embargo (hecha la presentación bien fundamentada son 48 horas cuando mucho y ya están cagados para toda la cosecha: vas a ver como aparece la guita del "Estado pobrecito mendicante") sería una forma eficiente de remar con nosotros que ya usamos pañalín adulto y estamos para el talle extra grande.
Un abrazo
GUILLERMO
Milico Intransigente (con estos maulas)  
 
Por favor ruego a las Promociones  que tengan este papel en sus manos, lo hagan conocer a su promocion. Que nuestra voz sea una y un solo puño para golpearlos. Bajo la consigna: ¡Embargo a los degenerados: ya!
Salas: "Este fallo sienta jurisprudencia concreta y obligatoria"
> 17/03/2011 | Exclusivo
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>   La Dra. Laura Salas es la abogada defensora e hija del militar retirado Pedro Salas, a quien la Corte Suprema falló a su favor para la actualización de haberes. Aseguró que el caso "sienta una jurisprudencia concreta y obligatoria para todos los jueces inferiores" y que "ahora no cabe la posibilidad de amparos". La aplicación de la medida no es automática y extensiva para todos, pero sí lo es la jurisprudencia. Estimó que con el fallo a favor, el salario de un retirado puede incrementarse 250% y el de un militar en actividad alrededor del 100%.
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>   "Es para mí un doble orgullo y un reconocimiento para todo el esfuerzo que vienen haciendo retirados y militares por sus haberes", manifestó la abogada Laura Mónica Salas.
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>   Tras el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación a favor de su padre Pedro Ángel, (y en contra del amparo interpuesto por el Ejército y la Armada) para que se le computen los adicionales transitorios en el cálculo de sus haberes de retiro creados, la doctora habló en exclusiva con Radio Rosales y brindó amplios detalles sobre la causa y sus efectos para casos similares.
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>   "Es un fallo que trae consecuencia directa sobre los juicios que lleva adelante el personal en situación  de retiro y en actividad", sostuvo.
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>   Salas explicó que "dentro del sistema jurídico hay una obligación de los jueces inferiores de acatar los fallos de la Corte Suprema", por lo que al haberse expedido la corte "de manera concreta y contundente" para los reclamos del personal en situación de retiro, "sienta una jurisprudencia concreta y obligatoria para todos los jueces inferiores".
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>   "Esta es una manda judicial que debe ser cumplida, que no depende de una decisión o voluntad política, es una orden judicial. Ahora, no cabe la posibilidad de un amparo", insistió.
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>   Además aclaró que si bien este juicio se inicia por dos de los cinco decretos de adicionales transitorios (NdR: los correspondientes al año 2005 y 2006), "la Corte Suprema se expide sobre los cinco decretos", incluyendo también los del 2007, 2008 y 2009).
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>   Sobre la incidencia del blanqueo en esos suplementos para los salarios de los beneficiarios, Salas aclaró que "cada decreto, independientemente, pasará a salario directo mensual, que ni siquiera es lo mismo que sueldo".
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>   "En el caso del personal retirado, tiene que liquidarse sobre el salario bruto mensual, de ahí establecer la nueva base de cálculo sobre tiempo mínimo cumplido y tiempo de servicio. Para personal en actividad, sobre esta nueva base de cálculos deben liquidarse también los suplementos particulares que en cada caso se cobren", explicó.
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>   Por otra parte, destacó que "la aplicación del fallo no es automática y extensiva para todos, pero sí lo es la jurisprudencia". Esto significa que para cada uno que viene con su juicio en trámite, existe la jurisprudencia de la corte o bien que el que no lo inició, pueda hacerlo en base a la nueva jurisprudencia.>
>   La doctora Salas, quien logró torcer el brazo del Estado en la causa que tuvo sentencia el pasado 15 de marzo, también estimó algunos porcentajes sobre los cuáles podrían incrementarse los salarios de los demandantes.
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>   "Para un militar retirado que está cobrando el 100% del haber de grado, más tiempo mínimo cumplido, más la antigüedad del servicio, estamos hablando que con una liquidación básica la diferencia entre el personal en situación de retiro y uno en actividad sería del 140%. Pero como tiene que ir a sueldo, determinarse el nuevo salario bruto mensual y hacerse la liquidación de cada uno de los decretos en particular, estimamos que el número puede llegar al 250%, en términos generales".
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>   Acerca del militar en actividad, que también podrá iniciar una causa para ser alcanzado por el beneficio de este fallo, Salas indicó que "su salario se incrementaría el 100%".
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>   No obstante, además de la actualización del haber a futuro, quienes logren el fallo a su favor también cobrarán los pagos retroactivos "a partir de los dictados de cada uno de los decretos acumulados, originados desde el año 2005, una vez por año, utilizando el sistema de adicionales transitorios"

1 comentario:

  1. como me gustaria saber el telefono o direcccion de dra.laura salas

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